Tribunal Constitucional ordena la excarcelación de Betssy Chávez

El máximo intérprete de la Constitución ordenó al Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria de la Corte Suprema que dicte las medidas necesarias para asegurar la concurrencia de la extitular de la PCM a las diligencias judiciales.

El Tribunal Constitucional ordenó al Juzgado Supremo de Investigación Preparatorioa de la Corte Suprema la excarcelación de la extitular de la Presidencia del Consejo de Ministros, Betssy Chávez, al declarar fundado el recurso de agravio constitucional interpuesto por su defensa.

Además, dispuso que el Poder Judicial dicte las medidas necesarias para asegurar la concurrencia Chavez Chino a las diligencias judiciales que son parte del proceso.

En su resolución, el TC también declaró «nulos los actos procesales relacionados con la prolongación de la prisión preventiva», incluyendo las resoluciones que dieron sustento a la misma.

Como se recuerda, Betssy Chávez se encuentra recluida en el penal Anexo de Mujeres de Chorrillos luego de que se le impusiera dicha medida cautelar en el marco de la investigación por el presunto delito de rebelión y alternativamente conspiración por el fallido golpe de Estado perpetrado por el exmandatario Pedro Castillo.

¿Por qué el Tribunal Constitucional ordenó la excarcelación de Betssy Chávez?

De acuerdo con la resolución, el Ministerio Público «no presentó con la antelación suficiente el requerimiento de prolongación de la prisión preventiva», ya que lo hizo un día después de su vencimiento.

«En los hechos se tornó prácticamente imposible que se resuelva dicha incidencia dentro del plazo original de la prisión preventiva, tomando en cuenta que debe convocarse a audiencia y la defensa debe prepararse», señala.

Por tanto, como alternativa se barajaban dos opciones: la primera, que el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria ordenara su liberación por vencimiento del plazo de prisión preventiva; o la segunda, que se mantenga recluida hasta que se resuelva la prolongación de dicha medida.

Al respecto, el Tribunal Constitucional consideró «imperativo» no sacrificar la libertad de una persona cuando ha habido «falta de diligencia de los operadores del sistema de administración de justicia». Por tanto, se debe tutelar el derecho fundamental a la libertad

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FUENTE : RRPP

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