¿Cuánto deberán pagar quienes no votaron en las elecciones?

Aquellos ciudadanos que no acudieron a las urnas para cumplir su deber cívico de elegir a las autoridades locales y regionales, no solamente deberán pagar multas, sino que también se enfrentarán a ciertas restricciones.

El Jurado Nacional de Elecciones remarcó que los montos que deberán cancelar los que no asistieron oscilan entre los 23 y 92 soles, mientras que los que se negaron a desempeñar el cargo de miembro de mesa deberán pagar 230 soles.

Las diversas sanciones serán impuestas de acuerdo a una clasificación por localidad y nivel de pobreza que estableció el Instituto Nacional de Estadística e Informática y conforme a la Unidad Impositiva Tributaria que se encuentra vigente.

Los ciudadanos que pertenezcan a jurisdicciones no pobres, deberán cancelar una suma que asciende hasta los 92 soles; los que vivan en localidades de pobreza no extrema, deberán pagar 46 soles y finalmente la población que habite en distritos de pobreza extrema adeudará 23 soles.

De manera contraria, los miembros de mesa que cumplan de forma efectiva sus funciones recibirán una compensación económica de 120 soles.

Pero los efectos de este incumplimiento no acaban en ese punto. Los que no paguen la multa electoral tendrán prohibido la inscripción de cualquier acto relacionado con el estado civil (matrimonio, divorcio, viudez, etc.); como si no fuera suficiente, no podrán intervenir en procesos judiciales o administrativos.

Además, no podrán realizar actos notariales ni firmar ningún tipo de contrato. Tampoco inscribirse en algún programa social promovido por el estado. Asimismo, no podrán ser nombrados funcionarios públicos y tampoco podrán obtener una licencia de conducir ni pasaporte.

La dispensa solamente se aplica si el motivo de la ausencia es por temas de salud o de estudios, la pérdida o robo del DNI, tratamiento médico, desastres naturales, fallecimiento de familiar directo, discapacidad, prisión, función electoral o error en el padrón electoral.

Se deberá presentar la justificación a partir del día siguiente de la elección y se cuenta con plazo para hacerlo hasta antes que el JNE decida someterlo a embargo para cobrar la multa electoral.

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