Ya podrás cobrar tu sueldo en billeteras digitales: Ejecutivo aprueba reglamento y fija las reglas

La ley busca impulsar el uso de billeteras digitales como medio válido para que los empleadores abonen los pagos a sus trabajadores. Conozca los detalles aquí.

El Poder Ejecutivo oficializó el reglamento que permite utilizar billeteras digitales para el pago de haberes y obligaciones laborales. La norma fue aprobada mediante el Decreto Supremo N° 011-2026-EF y publicada hoy en el diario oficial El Peruano. El dispositivo desarrolla la ley que reconoce este medio como una alternativa válida de pago. El reglamento está compuesto por ocho artículos.

La disposición alcanza a trabajadores del sector público y privado, quienes podrán recibir sus haberes a través de billeteras digitales. El objetivo es ampliar las opciones de pago disponibles y facilitar el acceso a medios financieros formales. Asimismo, la medida busca impulsar la inclusión financiera y promover un uso más extendido de herramientas digitales en el país.

Alcances y supervisión del sistema

El reglamento establece que la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) definirá los límites operativos aplicables a estos pagos. Esta función busca asegurar la entrega íntegra y oportuna de los haberes. También se prioriza la seguridad de las operaciones financieras. La supervisión incluye la prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo.

“En el marco de sus competencias, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) establecerá los límites operativos con el fin de garantizar el pago íntegro y oportuno de los haberes y otras obligaciones laborales, la seguridad de las operaciones, la prevención de riesgos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, así como la promoción de la inclusión financiera”, señala la norma.

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo remitirá información anonimizada de la planilla electrónica al MEF. Este envío se realizará de manera mensual, previa implementación de las adecuaciones necesarias. Los datos permitirán monitorear los pagos efectuados en cuentas de ahorro, dinero electrónico y efectivo. El seguimiento estará a cargo de la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado.

Difusión de billeteras y educación financiera

El Ministerio de Economía y Finanzas, en coordinación con el Banco Central de Reserva, publicará un listado actualizado de billeteras digitales autorizadas. Esta relación estará disponible en la sede digital del MEF. Incluirá las plataformas habilitadas para ofrecer pagos interoperables. A través de ellas se podrá disponer de los fondos correspondientes a los haberes.

El Ministerio de Trabajo, el MEF y la SBS elaborarán y difundirán información dirigida a los usuarios del sistema. Los contenidos abordarán el uso de cuentas de dinero electrónico y su vinculación con billeteras digitales. También incluirán material de educación financiera. El objetivo es promover un uso responsable y seguro de estos instrumentos.

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