El Poder Judicial rechazó un segundo pedido que hizo la defensa legal del expresidente Alberto Fujimori para que el exmandatario sea excluido del juicio oral que se le sigue junto a y otros por la muerte de seis comuneros de los anexos El Caraqueño y San José en el distrito de Pativilca, provincia limeña de Barranca, el 29 de enero de 1992.

La Cuarta Sala Penal Superior Nacional Liquidadora Transitoria declaró improcedente el pedido que hizo el doctor Elio Riera, abogado del expresidente Alberto Fujimori, para que su patrocinado sea apartado de este juicio oral en aplicación de la restitución del derecho de gracia e indulto humanitario por parte del Tribunal Constitucional.
La magistrada Miluska Cano, presidenta del tribunal superior, informó que se adoptó esta medida en atención a la autonomía que les otorga la constitución política de nuestro país y la jurisprudencia internacional en la que se precisa que no se debe privilegiar amnistías o indultos cuando se trata de graves violaciones a los derechos humanos, como lo sostiene el Ministerio Público respecto al caso Pativilca.
La magistrada también resaltó que el hábeas corpus que acogió el Tribunal Constitucional esté relacionado a un caso específico, que es distinto a este proceso penal.
Ante ello, Elio Riera anunció que presentará un recurso de nulidad para que esta decisión sea revisada para la Corte Suprema a fin de que emita una veredicto final al respecto.
